Novedades y ventajas fiscales para los autónomos este año

La figura del freelance desempeña un papel crucial en la economía española y en el sector laboral. De hecho, en España hay más de tres millones de trabajadores autónomos. Muchos de estos trabajadores se han encontrado muchas trabas en sus inicios y es que, ser freelance y no morir en el intento a veces es complicado.

Sin embargo, pese a lo que muchos puedan creer, ser freelance es mucho más sencillo de lo que parece y, por ello, Malt y TaxDown han lanzado La Guía del Freelance. Esta guía, además de explicar el mundo fiscal y contable para su fácil entendimiento, ofrece algunas recomendaciones para que los freelancers afronten estos desafíos y comparte las ventajas en materia de gestión fiscal y contable con el fin último de facilitar la vida a estos profesionales, para que se puedan centrar en en lo verdaderamente importante, el trabajo, no en la administración.

Nuevos desafíos para profesionales por cuenta propia

En este sentido, ahora que llega el nuevo año llegan también nuevos desafíos para los autónomos o freelancers y es que, este año entrarán en vigor novedades fiscales que afectarán a su trabajo y de las que tienen que ser conscientes ya que, si no son enfrentados correctamente, pueden repercutir directamente en la actividad laboral. La Guía del Freelance de Malt puede ayudar a los expertos independientes a afrontar estas novedades que son:

  1. Ajustes en el sistema de cotización en función de los ingresos reales: El tipo de cotización es el porcentaje que determina la cuota mensual a pagar a la Seguridad Social y varía según lo que el autónomo decida cubrir. Para 2024, se reducirá la carga para los autónomos de tramos más bajos y aumentará para los de los superiores. Así, la cuota mensual de los tramos 1, 2 y 3 se verá reducida entre un 2,1 % y un 3,8 %, los tramos 4, 5 y 6 permanecerán igual y los tramos del 7 al 15 se verán incrementados entre un 2,5 % y un 6 %.
  2. Régimen especial de franquicia del IVA: En este nuevo régimen, el límite de facturación queda establecido en 85.000 euros anuales por lo que los autónomos que no superen dicha cantidad, no tendrán que realizar liquidaciones trimestrales y anual del IVA. Si bien este régimen entrará en vigor en 2025, ya se empiezan a sentar las bases para su funcionamiento.
  3. Declaración de la Renta obligatoria: Anteriormente, únicamente los autónomos que hubieran obtenido un rendimiento neto anual igual o superior a 1.000 euros tenían la obligación de realizar la declaración de la renta. Sin embargo, a partir de 2024 todos tienen la obligación de presentarla, independientemente de su facturación o ingresos. De acuerdo con la Guía, dependiendo de la modalidad escogida se deberá presentar cada trimestre una declaración mientras que la declaración anual será obligatoria, independientemente de la modalidad.

Dentro de estas novedades, dos de ellas representan mejoras en las ventajas ya existentes:

  1. Kit Digital. A partir de este año, las Comunidades de Bienes y las Sociedades Civiles ya pueden solicitar este bono digital siguiendo unos sencillos requisitos: estar al día con sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, estar inscrito en el Censo de empresarios de la Agencia Tributaria y no incurrir en incompatibilidades de subvenciones.
  2. Cuota cero. Como indica su nombre, consiste en pagar cero euros en la cuota de autónomos. Los requisitos para solicitarlo son no haber estado dado de alta como trabajador autónomo en los últimos dos años, no ser autónomo colaborador, no tener deudas con Hacienda y la Seguridad Social y estar dado de alta en la tarifa plana estatal. La novedad para este año es que ahora esta cuota (que anteriormente solo era posible en la Comunidad de Madrid, Murcia, Baleares, Andalucía, La Rioja y Canarias), ahora también está disponible para los autónomos en Extremadura.
  3. Tarifa plana. Esto permite a los autónomos una reducción en la cotización durante los primeros meses de actividad Así, el pago durante el primer año se queda en 85,71€; cifra que puede ser prorrogable por otro año más siempre y cuando se pueda acreditar mediante la declaración de la renta que los rendimientos económicos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. Al igual que para el resto de ayudas, es importante que el autónomo se encuentre al corriente de pago con la Administración Pública.
  4. Beneficios para colectivos. Las bonificaciones para colectivos específicos están destinadas para mujeres menores de 35 años, hombres menores de 30, víctimas de violencia de género o terrorismo, personas con discapacidad o bien para la maternidad.
  5. Gastos deducibles. De acuerdo con la Guía, la ley contempla una serie de gastos que pueden ser deducibles y, por lo tanto, reducen la base imponible del IRPF. Estos gastos pueden ser gastos corrientes (alquiler de locales, material de oficina, suministros, publicidad), un porcentaje del IVA de vehículo particular (solo si es usado para la actividad), gastos como luz, agua, internet o electricidad en caso de trabajar desde casa o bien cursos y formaciones.

 

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