Cómo afecta la reducción del IVA a los autónomos del sector de la alimentación

Los autónomos de sector alimentario podrán seguir deduciéndose la totalidad del IVA soportado en la compra de bienes necesarios para la elaboración y distribución de productos básicos, según la resolución vinculante de la Dirección General de Tributos.

Desde Declarando indican que la resolución de la DGT ha venido a poner luz sobre las dudas de los autónomos surgidas a raíz de la reducción del IVA al 0% en determinados alimentos básicos, impulsada el pasado diciembre por el Gobierno con el objetivo de contener la escalada de precios.

En su argumentación, la Administración explica que los autónomos y empresas que se dedican a la venta de estos productos alimenticios afectados por la rebaja del IVA pueden deducirse el importe del IVA soportado en la compra de bienes y servicios necesarios para realizar la actividad.

Además, la resolución de la DGT exime de aplicar la regla de la prorrata: “Según reza el texto de la Dirección General de Tributos, la aplicación de un tipo impositivo del 0% no determina la limitación del derecho a la deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por el sujeto pasivo que realiza la operación”, explica Marta Zaragozá, “lo que quiere decir que los autónomos y empresas afectados por la rebaja del IVA al 0% no deben aplicar la regla de prorrata, ya que se trata de una reducción del IVA, no de una exención”.

La resolución de la DGT permitirá a los autónomos que se dediquen a la venta de estos productos deducirse más IVA y por tanto ahorrar en sus impuestos”, asegura Zaragozá. “Al reducir sus gastos de negocio aumentan su rentabilidad y su competitividad y al tener menos gastos pueden ofrecer precios más competitivos a sus clientes”. “Esto es especialmente importante en sectores donde la competencia es alta y los clientes son sensibles al precio”.

 

La entrada Cómo afecta la reducción del IVA a los autónomos del sector de la alimentación es original de MuyPymes


Muy PYMES
Enlace: Cómo afecta la reducción del IVA a los autónomos del sector de la alimentación

No hay comentarios

Debes estar autenticado para publicar un comentario.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR