¿El caso de la listeriosis de Magrudis es algo aislado? Hablamos con una experta

Hace unos días, nos enterábamos de que varias personas habían sido intoxicadas por listeriosis, tras el consumo de carne mechada de la marca La Mechá, perteneciente a la empresa sevillana, Magrudis. Al principio, nadie podía imaginar que el caso iba a convertirse en uno de los más graves de intoxicación alimentaria registrado en nuestro país, ya que han muerto tres personas, hay más de 200 afectados (incluso fuera de España) y parece que podría haber más tipos de alimentos contaminados por la misma bacteria (hablan de chicharrón Andaluz, Lomo al Jerez, Lomo a la Pimenta y Carne Mechada con Manteca Ibérica). Es decir, que el número de afectados podría seguir aumentando.

Aunque aún se está investigando el origen, parece que uno de los focos de la infección podría estar en dos mechadoras de la fábrica, que son los instrumentos empleados para rellenar la carne cruda. Añadido a esto, se siguen sabiendo datos que agravan la situación: Magrudis fabricaba alimentos para una marca blanca (de la que no ha trascendido su nombre) y se están destapando otras irregularidades por parte de la fábrica, así como del «mal hacer» de los organismos que deberían velar por la salud pública. Por ejemplo, el gerente asegura que hace tres meses, recibieron la certificación ISO-9001 que avala su «escrupulosa forma de trabajar».

Todo esto está creando en el mercado un clima de desconfianza brutal que trasciende a la marca la Mechá para extenderse a todo tipo de carnes preparadas, embutidos, e incluso, hacia los propios establecimientos comerciales. Si bien estos no son responsables de la calidad de lo que distribuyen, sabemos que Magrudis siguió vendiendo chorizos con su marca a un centro comercial después de que se decretara la alerta sanitaria.

Al final, hablamos de un cúmulo de irregularidades y meteduras de pata que nos hacen plantearnos si esto es un caso aislado y si las pymes alimentarias, en general, le dan la suficiente importancia a la seguridad y el control de la calidad. América Quesada, consultora de calidad, seguridad alimentaria y fraude alimentario, confirma nuestras peores sospechas:  en su mayoría, no les dan la importancia que merece.

«Normalmente se nos percibe como obstaculizadores de los procesos de producción. A eso añade que como no producimos de forma directa, se nos ve como un coste que no hay más remedio que asumir y no como generadores de valor añadido. Somos los productores y ‘llevadores’ de papeles. Me viene a la cabeza una empresa que estaba en expansión y quería contar con mis servicios. Después de varias reuniones con el propietario y presentarle mi proyecto me dijo textualmente: ‘Yo solo quiero alguien que me lleve los papeles’. Evidentemente la seguridad alimentaria no estaba en la mente de este hombre, no tenía compromiso. Lo más grave para mí es que no se daba cuenta de que en realidad no le importaban sus clientes y consumidores».

El riesgo de no hacer un buen control de calidad

Según nos cuenta América Quesada, la cultura de seguridad alimentaria en las pymes es muy pobre, «por no decir inexistente«. El ejemplo que nos contaba antes esta experta en seguridad alimentaria reduce su labor a ser «llevadores de papeles» que obstaculiza lo que debería ser su principal papel, que es el de dirigir y coordinar la calidad del producto que va a llegar a miles de consumidores.

«Cualquier operario debería poder parar una línea si considera que el producto es de riesgo. Ahí sí entraría en juego el coordinador de calidad para evaluar el riesgo, liberar el lote o lo que considere conveniente. Realizar un cambio de cultura requiere el compromiso total de la gerencia. Solo se puede implementar de arriba a abajo, es unidireccional. Si la gerencia no promueve, no lidera o facilita ese cambio, no hay nada que hacer».

Sin embargo, es difícil que un gerente de una pyme, que lleve muchos años en el sector, sea capaz de darse cuenta de que una empresa es mucho más que lo que él tenga en la cabeza, que hay cosas en los que no es experto y necesita delegar. «Tiene que abrir su ángulo de visión y mirar también hacia los lados en su propia empresa, no sólo en línea recta», indica Quesada.

El principal motivo para esta actitud es que no son realmente conscientes de los riesgos que están afrontando. «Cuando les mencionas que si no haces o no contemplas o no endureces o… te miran como si les estuvieras hablando de que un meteorito va a destruir la tierra, creo que hasta ven pasar las imágenes de la película Armageddon de Bruce Willis, ‘Siempre lo hicimos así y nunca pasó nada’. Lo que no conocen porque no ha tenido tanto impacto mediático como el de la crisis de la listeria que estamos viviendo ahora, es la cantidad de queserías, envasados crudos y todo tipo de empresas que no han podido reponerse de los costes de una retirada de productos del mercado y han cerrado. Nunca pasa nada… hasta que pasa, y cuando pasa ya es irreversible».

Y es que, cuando se produce un caso de intoxicación alimentaria masiva el negocio está abocado a su desaparición, tanto porque no pueden hacer frente a las multas como a nivel reputacional, ya que los clientes no vuelven a confiar en ellos. Tener un seguro de responsabilidad civil tampoco es un salvavidas en casos como el de Magradis, «las exclusiones típicas de estas pólizas son las sanciones o multas«, aunque en general la mayoría de las pymes no contrata de este tipo de pólizas.

«Recuerdo a un gerente muy enfadado porque el inspector de Sanidad le había obligado a poner una máquina de rayos X al final de la producción y me decía ‘y eso que el inspector es de aquí’ (la ciudad en la que estaba la fábrica), como si lo bien o mal hecho dependiera del lugar de nacimiento del inspector y la ubicación de la fábrica y eso estableciera una complicidad que, mágicamente, crease un sistema de gestión de seguridad alimentaria robusto».

En cualquier caso, la legislación española tiene regulados y tipificados los delitos contra la salud pública entre los artículos 359 a 378 del actual Código Penal, bajo el Capítulo III, «De los delitos de salud pública», del Título XVII, «De los delitos contra la seguridad colectiva», siendo el de más relevancia en el caso de los alimentos los artículos 363, 364 y 365. Es decir, que los culpables de violar estos principios podrían enfrentrarse a penas de cárcel de entre uno a cuatro años y multa de de seis a doce meses e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de tres a seis años.

«Con toda lógica, tanto el reglamento europeo como la legislación española, reflejan algo evidente y es que el consumidor espera adquirir alimentos inocuos cada vez que compra», concluye Quesada.

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